Resumen:
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"La doctrina científica y la jurisprudencia vienen exigiendo sin fisuras, que el concurso de la oferta y la aceptación, como requisitos indispensables para la perfección del contraro, han de contener todos los elementos necesarios para la existencia del mismo, y coincidir exactamente en sus términos, debiendo constar la voluntad de quedar obligados los contratantes, tanto por la oferta propuesta, como por la aceptación correlativa a la misma. En consecuencia, no debe impedirse que las nuevas tecnologías se utilicen en las Relaciones Laborales, pero desde luego hay que hacerlo en modo seguro, es decir, con la certeza de que la información que se transmite emana correctamente de su remitente y llega correctamente a su receptor"
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