Resumen:
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"La Ley 26.657, vignete desde el mes de diciembre de 2010m introdujo cambios radicales en materia de capacidad de hecho. Con el propósito de asegurar el pleno goce de los derechos humanos por quienes adolecen de padecimientos mentales o físicos, se minimizaron las restricciones a la aptitud de ejercicio de derechos y se fijó un plazo de duración a los efectos de las sentencias judiciales declarativas de inhabilitación o interdicción, sea esta última total o parcial. La norma no ha determinado cúal sera la situación de los inhabilitados o interdictos una vez vencido el lapso temporal de tres años establecido por la nueva legislación. El propósito del presente trabajo es analizar la normativa vigente en materia, proponer una interpretación conforme al espíritu de la nueva ley de los tratados internacionales vinculados con el tema y proponer la reforma de algunos artículos del Código Civil para superar la situación de inseguridad jurídica derivada de las lagunas jurídicas que presenta el nuevo ordenamiento"
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