Título: | Derechos y moral : ¿por qué ocuparnos? : ¿de qué ocuparnos? (2017) |
Titre original: | Law and moral : why we should take care of the issue? : what we should deal whit? |
Autores: | Julio Raúl Méndez |
Tipo de documento: | Article : texto impreso |
Dans : | Prudentia iuris (No. 84, dic. 2017) |
Artículo en la página: | pp. 19-29 |
Langues: | Español |
Materias: | Derecho natural | Desarrollo moral |
Resumen: |
"El autor vuelca algunas reflexiones en torno a la conocida cuestión sobre la relación entre Moral y Derecho. En un primer momento, las analiza en aquello que poseen en común: pertenecen a la razón práctica y buscan lograr una conducta humana; luego, las contrasta en su especificidad mostrando, al mismo tiempo, su inescindible compatibilidad. Concluye con la pregunta: ¿de qué debe ocuparse el jurista al hacer las normas? Y encuentra cinco tópicos: los dos primeros versan sobre el paso de contenidos de la Moral al Derecho, otros dos acerca de la situación de lo moral a partir de lo jurídico, y el quinto sobre el influjo de lo moral extrajurídico sobre lo jurídico como perspectiva política.
The author offers some reflections on the well-known question of the relation between Moral and Law. At first, it analyzes them in what they have in common: they belong to practical reason and seek to guide human behavior; then, contrasts them in their specificity showing at the same time, their inescapable compatibility. He concludes with the question: what should the jurist do when making the rules? Finding five topics: the first two deal with the passage of Moral content to Law, two others deal with the situation of the moral from the legal perspective, and the fifth on the influence of extrajudicial moral on the legal issues as a political perspective" |
Nota de contenido: | Una cuestión permanente: ¿por qué ocuparnos? -- ¿De qué ocuparnos? -- 1. La Moral excluye algunas materias de su inclusión jurídica por vía negativa -- 2. Lo moral está incluido en sentido positivo en lo jurídico, pero de modo restrictivo -- 3. No todo lo que está jurídicamente permitido es moralmente honesto -- 4. La prescripción jurídica introduce una prescripción moral en los casos en que ese contenido no esté prohibido ni ya prescrito por el juicio moral -- 5. Las leyes jurídicas necesitan promover el desarrollo moral en sus obligados para asegurar un cumplimiento presumible y evitar la necesidad de recurrir a la coacción ni siquiera psicológica -- Una consideración final |
En línea: | http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/derecho-y-moral-ocuparnos-mendez.pdf |