Nota de contenido:
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1. Aclaración previa; 2. Leyes penales hechas al amparo de las pasiones (Una primera reflexión necesaria); 3. La violencia. La trata de personas y otros delitos (El germen de muchos de nuestros males); 4. El Código Penal Argentino; 5. Concepto legal o "auténtico" de explotación; 6.El problema del consentimiento; 7.Nuestra propuesta legislativa concreta (Un repaso necesario por la filosofía jurídica); 8. El problema de la interjurisdiccionalidad; 9. Los delitos conexos; I. Reducción a la esclavitud, servidumbre o condición similar y recepción para tales fines. Trabajos forzados y matrimonio servil; II. Promoción y facilitación de la prostitución. Explotación económica de la prostitución. III. Ultrajes a menores; IV. Rapto; VI. Aprovechamiento ilegítimo del trabajo infantil; VII. Ablación de órganos, fluidos y tejidos; VIII. Tráfico ilegal de migrantes (Introducción ilegal de personas) Delitos contra el orden migratorio; IX. Grooming (Un delito tecnológico que pudo ir más lejos); X. La ley de trata de personas (Verdades y mentiras Conexión con otras leyes penales). Breve noticia de la situación internacional en materia de trata estadísticas. Normas procedimentales: 1. Denuncias anónimas; 2. Cámara Gesell (Y prohibición de interrogatorio directo); 3. Decomiso de los bienes objetos del delito; 4. De gestión; 5. Sistema sincronizado de denuncias, llamada gratuita y registro decenal; 8. Asistencia de víctimas argentinas en el exterior; Anexos: 1. Protocolo de Palermo: para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional; 2. Ley de migraciones; 3. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer "Convención de Belén de Pará"; Bibliografía
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