Nota de contenido:
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CAPÍTULO I. LAS FORMAS PROCESALES. LA IRREGULARIDAD PROCESAL. LAS RESPUESTAS JURÍDICAS AL ACTO PROCESAL IRREGULAR. LAS SANCIONES PROCESALES -- I. ¿Qué es la forma procesal? Una breve noción -- II. La función de las formas procesales penales -- III. Algunas clasificaciones de las formas procesales -- Formas específicas y genéricas -- Formas expresas y formas implícitas -- Formas “positivas” y “negativas” -- Formas realizadoras de reglas constitucionales” y formas “ordenadoras del proceso penal”-- IV. Formas e irregularidad procesal -- V.Las respuestas del orden jurídico al acto procesal irregular -- Conservación del valor jurídico – saneamiento -- 3.Subsanación -- La “sanción procesal” del acto irregular -- 5. Renovación, ratificación o rectificación -- VI. Las sanciones procesales – 1. Noción – 2. Distinción entre la irregularidad procesal y la sanción que se impone al acto irregular – 3.Enumeración -- A.La inadmisibilidad. Noción -- B.La nulidad. Noción -- 4. Diferencia entre inadmisibilidad y nulidad -- VII. Algunas clasificaciones de las nulidades procesales penales -- 1. Nulidades específicas y genéricas -- 2. Nulidades expresas y virtuales o implícitas -- 3. Nulidades absolutas y relativas -- CAPÍTULO II. IDEAS PARA UNA TEORÍA DE LAS NULIDADES DE LOS ACTOS DEL PROCESO PENAL -- I.Campos de trabajo -- 1.Una fundamentación constitucional de las nulidades del proceso penal -- 2. Una propuesta de interpretación del principio de legalidad de la nulidad en el proceso penal -- A. Ampliación del significado del principio de legalidad de las nulidades -- B. Modos expresos y tácitos usados por la ley para consagrar las formas procesales y las nulidades -- 3. El fenómeno de los “silencios normativos aparentes”-- II. Normas positivas tomadas como material de trabajo. Código nacional (ley 23.984 y ley 27.063 y modif.leyes 27.272 y 27.482 y decreto 118/2019) y códigos provinciales -- CAPÍTULO III.EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD DE LAS NULIDADES EN EL PROCESO PENAL -- I. Un axioma y una interpretación discutible -- II. El axioma o principio en la legislación procesal penal (Código Procesal Penal de la Nación, ley 23.984 y nuevo Código Procesal Penal Federal,ley 27.063) -- III. Los fundamentos del axioma -- IV. Síntesis del enunciado del axioma -- V. Conveniencia del sistema legalista -- VI. Una observación sobre el principio de legalidad. Una posible grave contradicción -- VII. La interpretación jurisprudencial dominante del principio de “legalidad” de las nulidades procesales penales -- VIII. Crítica a la tesis restrictiva del principio de legalidad de la nulidad -- 1. Primer ejemplo: acto de indagatoria -- 2. Segundo ejemplo: allanamiento de domicilio -- 3. Otros actos procesales -- IX. Diálogo con Binder. Ideas para la reflexión -- X. Nuestras ideas para interpretar el principio de legalidad de las nulidades -- XI. Algunas reflexiones sobre el modelo de legislar las nulidades escogido por ciertos códigos (Código Procesal Penal Federal, Chubut, etc.)-- XII. Sugerencia sobre una fórmula legislativa receptora del principio de legalidad de las nulidades en el proceso penal y reglas complementarias -- CAPÍTULO IV. FUNDAMENTACIÓN CONSTITUCIONAL DE LAS NULIDADES EN EL PROCESO PENAL -- I. El poder punitivo del Estado en el Derecho Constitucional -- II. Los límites normativos del poder punitivo estatal de someter a proceso penal -- 1. Los límites constitucionales -- 2. Los límites legales -- 3. Reglas constitucionales y nulidades en el proceso penal -- III. El principio del “debido proceso” o “proceso legal” como límite constitucional al poder punitivo estatal de someter a proceso penal -- 1.¿Qué es el “debido proceso” o “proceso legal”? -- 2. ¿Qué es “ley”? -- 3. La función de la “ley” en términos del “debido proceso” -- IV. El principio de la “defensa en juicio” como límite constitucional al poder punitivo estatal de someter a proceso penal a las personas -- 1. Breve descripción del dato normativo constitucional -- 2.¿Qué es la “defensa en juicio” en el proceso penal? Algunas ideas para su definición -- 3. La defensa en juicio es una especial manifestación del debido proceso -- 4. Su contenido o extensión. Derechos explícitos e implícitos -- A. Concepto -- B. Contenido -- a) Contenido explícito e implícito -- b)Su permanente ampliación y delimitación -- b.1) Su permanente ampliación -- b.2) Su permanente delimitación -- 5. Un ejemplo a los fines del modelo de análisis propuesto: el derecho constitucional a no declarar contra sí mismo -- A.En torno al alcance o contenido de la garantía.¿Qué está y qué no está prohibido por la Constitución? -- B. Algunas cuestiones que plantea la prohibición de autoincriminación -- a) ¿Qué es ser “obligado”? -- b) ¿Qué significa “declarar”? -- c) ¿Qué significa “contra sí mismo”? -- d) Su ámbito de aplicación -- C. Dos fallos de la Corte Suprema y la regla constitucional de prohibición de autoincriminación -- a) El caso “Zambrana Daza” -- b) El caso “García D’Auro” -- D. Un fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala III: el caso “Faviano” -- V. Otras reglas constitucionales limitadoras del poder punitivo estatal de someter a proceso penal -- 1. Conceptos generales -- 2. El caso “Baldivieso”. Los actos médicos, el secreto profesional y el ámbito de privacidad (CN, art. 19) -- A. Los hechos y los argumentos -- B. La doctrina de “Baldivieso”. Su importancia -- 3. El caso “Orekhov” -- 4. Los casos “Vázquez Ferrá”, “Gualtieri Rugnone de Prieto” y otros. Extracción compulsiva de sangre y vías alternativas, allanamientos, requisas, secuestros. Estudios de ADN. Oposición del destinatario de la medida. Problemas -- A. Cuestiones generales. Introducción -- B. El caso “H. G. S. y otro” -- C. El caso “Guarino” -- D. El caso “Vázquez Ferrá” -- a) Los hechos -- b) El fallo de la Corte. Sus argumentos -- E. El caso “Gualtieri Rugnone de Prieto” (recurso de queja de Emiliano Matías Prieto) -- F. El caso “Gualtieri Rugnone de Prieto” (recurso de Guillermo Gabriel G. Prieto) -- a) Los hechos -- b) El fallo de la Corte. Sus argumentos -- c) Algunas reflexiones a modo de crítica -- G. Algunas consecuencias de los fallos de la Corte -- H. Reflexiones finales -- 5. Otros posibles actos procesales lesivos de reglas constitucionales -- VI. Algunos fallos de la Corte Suprema en los que resolvió nulidades en el proceso penal. La fundamentación -- CAPÍTULO V A LA BÚSQUEDA DE LOS LÍMITES DE LAS NULIDADES EN EL PROCESO PENAL -- I. A la búsqueda del verdadero sentido del principio de “legalidad” de las nulidades. Una propuesta de interpretación -- II. Las tres reglas que determinan el campo de las nulidades del proceso penal. CPPN, ley 23.984 y leyes similares (Chaco, Corrientes, Córdoba, etc.) -- III. Formas de regular las nulidades -- IV. Nulidades específicas -- V. Nulidades genéricas -- 1. Concepto -- VI. Principio de legalidad de las nulidades y las nulidades genéricas -- VII. Una idea para pensar las llamadas “nulidades genéricas” -- VIII. Análisis del contenido de las nulidades genéricas “sistematizadas” o “concentradas” -- 1. El sentido del artículo 167 del CPPN -- 2. Observancia de las disposiciones referidas al nombramiento, capacidad y constitución del juez, tribunal o representante del Ministerio Fiscal -- A. El sentido de la regla -- B. El fallo “Verbeke” de la Corte Suprema. Un problema referido a la “constitución” del tribunal -- a) Los hechos -- b) El dictamen del Procurador General -- c) El fallo de la Corte -- C. El fallo “Romero Feris” de la Corte Suprema: otra vez la integración del tribunal. Nulidad -- D. Algunos fallos de la Cámara Nacional de Casación Penal -- 3. Reglas referidas a la intervención del juez, Ministerio Público y parte querellante en el proceso y su participación en los actos en que ella sea obligatoria -- A. Conceptos generales. El doble mandato del artículo 167, inciso 2º -- B. Algunos supuestos de intervención del juez -- a) Un fallo de la Corte: el caso “Gaetti” -- a.1) Los hechos -- a.2) El fallo de la Corte -- b) Fallos de otros tribunales -- C. Algunos supuestos de intervención del Ministerio Público -- a) Conceptos generales -- b) Algunas cuestiones respecto a la intervención del Ministerio Público en fallos de la Corte -- b.1) La exigencia de acto acusatorio en debate como condición de validez de la sentencia condenatoria -- b.2) La doctrina de la Corte en “Santillán” (el querellante reemplaza al fiscal) -- c) Otras cuestiones respecto a la intervención del Ministerio Público antes de “Santillán” (y “Quiroga”). Fallos de la Cámara Nacional de Casación Penal y otros tribunales -- c.1) Conceptos generales -- c.2) La requisitoria fiscal de instrucción como condición de validez del proceso penal. Cámara Nacional de Casación Penal, sala II, causa “Ávila”. Nulidad -- c.3) Cuestiones sobre el acto promotor de la instrucción -- c.3.1) Cuestiones generales -- c.3.2) Cámara Nacional de Casación Penal, sala IV, causa “Perotti” -- c.3.3) Cámara Nacional de Casación Penal, sala III, causa “Cárdenas Castillo”. Una discusión constitucional -- c.3.4) Otros pronunciamientos de la Cámara Nacional de Casación Penal: sala I, causa “Musimundo”; sala II, causas “Ávila” y “Guillén Varela” -- c.3.5) Otras observaciones -- c.3.6) Alguna especial modalidad legislativa sobre la promoción de la acción penal -- d) Las cuestiones relacionadas con la intervención del Ministerio Público que surgieron a causa de la doctrina “Santillán” -- d.1) Conceptos generales -- d.2) ¿Puede el querellante particular reemplazar la requisitoria fiscal de instrucción? Análisis de la jurisprudencia -- d.2.1) Cámara Nacional de Casación Penal, sala I, causa “López González”: es válido el proceso penal que se inicia por exclusiva instancia del querellante -- d.2.2) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala VII, causa “Hildmann c/Masola” -- d.2.3) Cámara Nacional de Casación Penal, sala II, causa “Sotomayor” y Cámara Nacional Criminal y Correccional, sala V, causa “Quintieri”: el querellante en forma exclusiva no puede iniciar el proceso penal -- d.2.4) Cámara Nacional de Casación Penal, sala III, causa “Oxilia”: el querellante puede iniciar el proceso penal en forma exclusiva -- d.3) ¿Puede el querellante particular requerir elevación a juicio en forma exclusiva, sin requerimiento fiscal? Análisis de la jurisprudencia de la Cámara Nacional –hoy Federal– de Casación Penal y otros tribunales -- d.3.1) La causa “Storchi”: las sentencias de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala I, del 8 de marzo de 2004, y del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1, del 2 de mayo de 2007 -- d.3.2) Cámara Nacional de Casación Penal, sala II, causa “Lih Yuh Lin”: es válida la elevación a juicio por exclusiva acusación del querellante -- d.3.3) Cámara Nacional de Casación Penal, sala III, causa “Corti” -- d.3.4) Cámara Nacional de Casación Penal, sala I, causa “Roveda” (una disidencia) -- d.3.5) Cámara Nacional de Casación Penal, sala II, causa “Storchi” (otra disidencia importante) -- d.3.6) Tribunal Oral en lo Criminal Nº 23, Capital Federal, causa “Paternoster, M. G. y Patesnoter, G. C.” -- d.3.7) Otros fallos de la Cámara Federal de Casación Penal -- d.3.7.1) Cámara Federal de Casación Penal, sala II, causa “Gómez”: el querellante puede requerir en forma autónoma la elevación de la causa a juicio. Un voto en disidencia -- d.3.7.2) Cámara Federal de Casación Penal, sala IV, causa “Guezzi”, el querellante puede recurrir mediante casación en forma autónoma la sentencia de Cámara que confirmó un sobreseimiento. Un voto en disidencia -- d.4) Validez del proceso penal y el apartamiento del fiscal. ¿Es válido un proceso penal sin Ministerio Público? -- d.4.1) Otra importante cuestión (consecuencia de “Santillán”) -- d.4.2) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala I, causas “Lih Yuh Lin” y “Linares” -- d.4.3) Cámara Nacional de Casación Penal, sala I, causa “Linares”, y sala II, causa “Lih Yuh Lin” -- d.4.4) Algunas reflexiones y nuestra opinión -- D. Otras cuestiones que plantea la intervención del querellante particular -- a) Un primer grupo de problemas: omisión de intervención del querellante en ciertos actos -- b) Segundo grupo de problemas: leyes procesales que no consagran la intervención del querellante en ciertas etapas (por ejemplo, en la clausura de la instrucción) -- c) Tercer grupo de problemas: ¿Es constitucional la consulta del artículo 348, segundo párrafo, segunda alternativa? El fallo “Mattio” de la Corte, ¿qué resolvió? -- E. La cuestión en el nuevo Código Procesal Penal Federal -- 4. Formas referidas a la intervención, asistencia y representación del imputado --A. El sentido de la regla. Una idea -- B. Formas procesales relativas a la “intervención” del imputado -- a) Conceptos generales -- b) Formas referidas a la debida información del imputado -- b.1) El destinatario de la información -- b.2) El contenido de la información -- b.3) El imputado debe ser informado -- b.3.1) Que tiene derecho a ser asistido por un defensor técnico -- b.3.2) Que tiene derecho a la entrevista con su abogado antes de la realización de ciertos actos -- b.3.2.1) Conceptos generales -- b.3.2.2) Quién es el titular del derecho -- b.3.2.3) Momento en el que debe cumplirse con tal deber -- b.3.2.4) La forma de cumplir este deber. Principales problemas -- b.3.2.5) La notificación al abogado de su designación y la realización del acto -- b.3.3) A saber antes de la indagatoria que puede asistir su defensor -- b.3.3.1) Conceptos generales -- b.3.3.2) El tema en la jurisprudencia -- b.3.4) Derecho a la información impuesta por el artículo 184, inciso 10, del CPPN, y por el artículo 65 del CPPFed -- b.3.4.1) Conceptos generales -- b.3.4.2) El tema en la jurisprudencia -- b.3.5) Derecho a conocer la “acusación”. Su contenido en la indagatoria y en otros actos -- b.3.5.1) Conceptos generales -- b.3.5.2) ¿Qué significa “acusación” -- b.3.5.3) La información de los hechos -- b.3.5.4) La información de la prueba -- b.3.5.5) Necesidad de distinguir información de hecho y prueba -- b.3.5.6) La información de la calificación jurídica. No es exigencia en la indagatoria. La cuestión en otros momentos procesales -- b.3.5.7) La información deficiente -- b.3.5.8) Cuestiones relativas al acta de la indagatoria -- b.3.5.9) Diversos momentos en que rige la obligación de informar el “hecho” -- b.3.5.10) Doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -- b.3.6) Saber de su derecho de abstención en la indagatoria -- b.3.6.1) Conceptos generales -- b.3.6.2) Los fallos “Schoklender” y “Acosta” de la Corte Suprema. Crítica -- b.3.6.3) Fallos de otros tribunales -- b.3.7) Saber de su derecho a no participar en ciertos actos -- b.3.8) A saber del dictado de ciertas resoluciones -- b.3.8.1) La regla en los instrumentos internacionales y su interpretación por la CIDH -- b.3.8.2) Notificación al imputado de la sentencia condenatoria. Algunos fallos de la Corte: “Albarenque” y “Arduino” -- b.3.8.3) Un fallo valioso de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala IV: el caso “Conforti”. La notificación efectiva al imputado de los fundamentos del fallo condenatorio es el momento para el cómputo del recurso -- b.3.8.4) La notificación al imputado de otras resoluciones (CPPN, art. 146; CPPFed., art. 68, especialmente inc. a) . . -- b.3.8.5) La notificación al imputado de los “autos procesales importantes”. Los fallos de la Corte en “Dubra” y “Solís” -- b.3.8.6) Otras sentencias de la Corte sobre notificación al imputado -- b.3.8.7) Derecho del imputado a ser notificado y a recurrir el auto de procesamiento o resoluciones de mérito equivalentes de la etapa preparatoria (remisión) -- b.4) Las formas procesales y la ausencia expresa de la sanción de nulidad -- b.4.1) Conceptos generales -- b.4.2) Un fallo ejemplar: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, sala A, caso “Ferreyra” -- c) Formas referidas a la “participación” en actos procesales -- c.1) Conceptos generales -- c.2) Actos “definitivos e irreproducibles” -- c.2.1) Concepto -- c.2.2) Las formas ordenadas -- c.2.2.1) Conceptos generales -- c.2.2.2) Breve consideración de algunos fallos -- c.3) El control de actos que no son definitivos e irreproducibles -- c.3.1) Conceptos generales -- c.3.2) El caso del testimonio que se incorpora a debate por lectura -- c.3.2.1) Las sentencias de la Cámara Nacional de Casación Penal (luego Cámara Federal de Casación Penal) “Abasto”, “Novoa”, “Gil Sisniega” y otras -- c.3.2.2) Las sentencias “Benítez” y “Patri” de la Corte Suprema -- c.3.2.3) Las sentencias “Alfonso” y “Gallo López” de la Corte Suprema -- c.3.2.4) La sentencia “Torres”, Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, sala I, CABA, 29-12-2015 -- c.4) La participación en actos particulares, por ejemplo, pericia -- c.5) La intervención del imputado en ciertos actos procesales de carácter incriminatorio como condición de validez -- c.6) Superior Tribunal de Justicia del Chaco, Sala Segunda en lo Criminal y Correccional, 5-8-2018, causa “S. A. S. s/Abuso sexual simple agravado”. Nulidad absoluta de declaraciones en cámara Gesell, por falta de control por la defensa -- C) Formas referidas a la “asistencia” del imputado -- a) ¿Qué es “asistencia” del imputado? -- b) El derecho a elegir y tener un abogado defensor de confianza -- b.1) Conceptos generales -- c) Derecho del imputado a una efectiva defensa técnica -- c.1) Conceptos generales -- c.2) Doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -- c.3) Jurisprudencia de la Corte Suprema -- c.3.1) Conceptos generales -- c.3.2) Algunos fallos iniciales -- c.3.3) Causa “Nápoli”. El derecho a una efectiva defensa técnica -- c.3.4) Causa “Fernández”. La defensa en juicio y la nulidad absoluta -- c.3.5) Causa “Núñez”. La posible responsabilidad internacional del Estado por la manifiesta indefensión del imputado -- c.3.5.1) Los hechos -- c.3.5.2) El fallo de la Corte -- c.3.6) Causa “Schenone”. El apartamiento de la defensa -- c.3.7) Causa “Nacheri”. La Corte reitera las obligaciones de los tribunales frente a situaciones de indefensión del imputado -- c.3.7.1) Los hechos -- c.3.7.2) El fallo de la Corte -- c.3.8) Un fallo reciente: causa “Iñigo” -- c.3.9) Una síntesis de la doctrina de la Corte. Su importancia -- c.4) Algunos pronunciamientos en torno al requisito de la efectiva técnica del acusado como condición de validez de los mismos -- c.4.1) Invalidez de un acto policial de detención -- c.4.2) Invalidez de la declaración de imputado. Jurisprudencia -- c.4.3) Invalidez del debate -- c.4.3.1) Conceptos generales -- c.4.3.2) Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1, causa “Romero” -- c.4.3.3) Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, causa “Alarcón” -- c.5) Síntesis sobre la idea de “asistencia” (CPPN, art. 167, inc. 3º) -- D. Formas referidas a la “representación” del imputado -- CAPÍTULO VI.IDEAS PARA DEFINIR LAS NULIDADES VIRTUALES O IMPLÍCITAS -- I. Introducción. Primera aproximación a la jurisprudencia y doctrina -- II. Segunda aproximación a la jurisprudencia -- 1. Un modelo habitual de razonamiento de un conjunto de fallos -- 2. Crítica a ese modelo de razonamiento -- A. Desvirtúa el criterio de taxatividad con el argumento de lesión de una regla constitucional. Cómo lo hace -- B. Cómo se justifica la expansión del poder punitivo estatal con una supuesta interpretación “restrictiva” de la ley procesal. Interpretación del artículo 2º del CPPN y del artículo 14 del CPPFed., lesiva del principio pro homine -- 3. Un caso para pensar: el fallo “Yon Valentín”, del 8 de octubre de 1997, de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala I -- III. Noción -- IV. Estudio de los “silencios normativos aparentes”-- 1.Descripción del fenómeno normativo -- A. La materia de regulación -- B. Cómo regula el orden jurídico las formas procesales y la sanción nulidad -- a) Formas procesales expresas y nulidades expresas. Algunos ejemplos -- a.1) Ejemplos referidos a la estructura del acto -- a.2) Un ejemplo referido a un presupuesto del acto -- b) Formas procesales expresas y nulidades implícitas -- b.1) El ejemplo de la declaración de imputado -- b.2) El ejemplo del allanamiento de domicilio -- c) Formas implícitas y nulidades implícitas. El caso “Ruiz Muro” de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala I -- c.1) Conceptos generales -- c.2) El caso “Ruiz Muro” -- 2. Síntesis: las modalidades de “silencios normativos aparentes” respecto de las formas de los actos procesales y de la sanción nulidad -- 3. Las nulidades implícitas o virtuales en el nuevo Código Procesal Penal Federal. Su indiscutible vigencia -- 4. La causa de los “silencios normativos aparentes”. Las dos fuentes de las formas procesales implícitas y de las nulidades implícitas -- V. El reconocimiento judicial de los “silencios normativos aparentes”. La admisión de las nulidades implícitas o virtuales -- 1. Metodología de la reconstrucción de la doctrina judicial -- 2. Un modelo de trabajo: los actos estatales de injerencia en ámbitos de privacidad con protección constitucional -- VI. Estudio de casos de “silencios normativos aparentes” de origen constitucional -- 1. Primera modalidad de los “silencios normativos aparentes”: supuestos de formas expresas y nulidades implícitas -- 2. La nulidad “implícita” como herramienta de control de legitimidad constitucional de actos del poder punitivo estatal -- 3. Control de actos realizados por la autoridad policial o judicial -- A. Actos de privación de libertad -- a) Reglas constitucionales. Conceptos generales -- b) Las reglas sobre privación de libertad en el CPPN y en la legislación provincial -- c) Estudio de algunos fallos -- c.1) Algunas pautas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -- c.2) Jurisprudencia nacional. Algunas observaciones -- c.3) Doctrina de la Corte Suprema -- c.3.1) El control de legitimidad de actos de privación de libertad. La doctrina de la Corte en el caso “Daray” -- c.3.2) Otros fallos de la Corte Suprema -- c.3.3) El fallo “Peralta Cano” -- c.3.4) El fallo “Ciraolo” -- c.3.5) Un fallo de Casación (“Yon Valentín”, remisión) -- c.4) Fallos de otros tribunales conforme a la doctrina de “Daray” -- c.4.1) Tribunal Oral Nº 23, causa “Heredia” -- c.4.2) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala I, en la causa “H. N. del V. s/Nulidad” -- c.4.3) La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala I, en la causa “Páez”, del 22 de abril de 1997. En torno a los conceptos de “flagrancia” e “indicios vehementes de culpabilidad”. Nulidad -- B. Requisa personal -- a) Conceptos generales. Comparación con leyes provinciales -- b) Los artículos 184, inciso 5º, 230 y 230 bis del CPPN. Su reforma -- c) La requisa en la legislación provincial. Un concepto diferente (más restringido). El fallo “Figueroa” del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba -- d) Estudio de algunos fallos -- d.1) Corte Suprema. El fallo “Peralta Cano” (remisión) -- d.2) Fallos de otros tribunales -- d.2.1) Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5, en “Terramagra”, del 28 de abril de 1994. Control de “los motivos de sospecha” y “las razones de urgencia”. Nulidad -- d.2.2) La Cámara Federal, sala II, causa “Inc. nulidad en causa F. s/Inf. ley 23.737”, del 12 de abril de 1995. Requisa “con fines de inspección general”. Nulidad -- d.2.3) Cámara Federal, sala I, en “Rosental”, del 19 de marzo de 1996. Los conceptos de “urgencia”, “flagrancia” y “motivos suficientes”. Nulidad -- d.2.4) Cámara Nacional de Casación Penal, sala I, en la causa “Monzón”, del 16 de marzo de 1999. Inexistencia de urgencia y falta de debida fundamentación del acto. Nulidad -- d.2.5) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, sala I, causa “Leguizamón”, del 18-5-2000. Los “motivos” que justifican el acto. Cómo deben determinarse. Nulidad -- d.2.6) Cámara Nacional de Casación Penal, sala II, causa “Bulacio”, del 9 de marzo de 2009. El artículo 230 bis del CPPN. Las “circunstancias previas o concomitantes”. Objetividad y urgencia. Momento del proceso en que puede hacer el control. Nulidad -- d.2.7) Cámara Nacional de Casación Penal, sala IV, causa “Soria”, del 27 de marzo de 2009. Interpretación del artículo 230 bis del CPPN. El carácter de la requisa. “El control jurisdiccional ex ante”. Nulidad -- d.2.7.1) Los hechos -- d.2.7.2) Los argumentos del Ministerio Público -- d.2.7.3) Los fundamentos de la Cámara Nacional de Casación Penal para decidir la nulidad -- d.2.8) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, sala II, causa “Rodríguez Escobar”, del 6 de octubre de 2009. Control de oficio de los fundamentos de la sospecha policial. Nulidad -- d.2.9) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala VI, causa “F. J. G.”, del 31 de julio de 2018 -- d.2.10) La declaración de nulidad a pesar de la ausencia de expresa consagración legal -- C. Las conexiones entre requisas, privaciones de libertad, secuestros y otros actos procesales -- D. Allanamiento de domicilio -- a) Conceptos generales -- b) Estudio de fallos -- b.1) Algunos fallos de la Corte -- b.1.1) El caso “Fiorentino”. Nulidad por cuestiones del consentimiento -- b.1.1.1) Los hechos -- b.1.1.2) El fallo de la Corte. Los argumentos para invalidar el allanamiento -- b.1.2) Los casos “Cichero”, “Rayford” y otros. Otra vez el consentimiento como condición de validez. Quién puede invocar defectos del acto -- b.1.3) El caso “D’Acosta”. Nulidad por irregularidad (exceso) en la ejecución del acto -- b.1.3.1) Los hechos -- b.1.3.2) El fallo de la Corte -- b.1.4) Otras exigencias del acto de allanamiento. La orden y sus requisitos. El titular del derecho de exclusión. Las formas de manifestar la voluntad. Casos “Torres”, “Yemal”, “Ventura”, “Minaglia”, entre otros -- b.2) Algunos fallos de otros tribunales -- b.2.1) Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, causa “Becchi”. Nulidad del allanamiento a causa de la nulidad de requisas y detención anteriores -- b.2.2) Cámara Nacional de Casación Penal, sala IV, causa “Casco”. Nulidad del allanamiento por falta de fundamentación de la orden judicial -- b.2.3) Cámara Nacional de Casación Penal, sala I, causa “Capuyel”, del 27 de marzo de 2009. Nulidad del allanamiento por exceso en la ejecución de la orden -- b.2.4) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala I, causa “C. B. D.”, del 4 de noviembre de 2009. Nulidad del allanamiento por ausencia de motivos que justifiquen el acto -- b.2.5) Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero, causa “M., G. A.”, del 28 de junio de 2010. Nulidad del allanamiento por falta de orden judicial. Un problema de consentimiento -- b.2.6) Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, causa “T. S. y C. P.”, del 25 de noviembre de 2011. Nulidad del allanamiento por ingreso a un domicilio distinto del autorizado por el juez -- b.2.7) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala VI, causa “C. N.”, del 24 de febrero de 2011. Nulidad del allanamiento por autorización del titular otorgada por error -- E. Intervenciones telefónicas -- a) Conceptos generales -- a.1) La garantía constitucional a la privacidad de las comunicaciones telefónicas. Su fundamentación normativa -- a.2) La doctrina de la Corte en el fallo “Quaranta”. El derecho constitucional a la privacidad de las comunicaciones telefónicas -- a.3) Algún interrogante sobre la autoridad competente para disponer la intervención telefónica -- a.4) En torno a los requisitos formales del acto -- b) Estudio de algunos fallos -- b.1) Corte Suprema: el caso “Quaranta”. La invalidez de la intervención telefónica -- b.1.1) Los hechos -- b.1.2) Los argumentos del fallo -- b.2) El fallo “Silva” de la Corte Suprema. Improcedencia de la nulidad -- b.3) Fallos de otros tribunales -- b.3.1) Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, causa “Salvatierra”. La fundamentación del auto que dispone la intervención telefónica. Nulidad -- b.3.2) Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata, causa “T. A.” Duración de la intervención telefónica. Nulidad -- b.4) El control judicial de las intervenciones telefónicas realizadas por la autoridad policial y otros temas -- b.4.1) Cuestiones generales -- b.4.2) Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Buenos Aires, causa “Fernández D’Oliveira”. Intervención sin autorización judicial. Nulidad -- b.4.3) Cámara Nacional de Casación Penal, sala IV, causa “B. R. A.” Intervenciones hechas fuera del término autorizado. Nulidad -- b.4.4) Cámara Nacional de Casación Penal, sala III, causa “Percowitz”. La intervención sólo es dispuesta por el juez. Inclusión por el secretario de una línea no incluida. Nulidad -- b.4.5) Cámara Nacional de Casación Penal, sala III, causa “Rivero”, del 28 de febrero de 2006. Los motivos que justifican la medida. Nulidad -- b.4.6) Cámara Nacional en lo Penal Económico, sala A, causa “Palacio”, del 12 de marzo de 2008. Duración de la intervención telefónica. Carencia de fundamentos. Intervención de una línea de una persona no imputada. Nulidad -- b.4.7) Cámara Nacional de Casación Penal, sala III, causa “Coronel”, del 9 de mayo de 2008 -- b.4.8) Cámara Federal de Casación Penal, sala II, causa “F. R. D. y otros”, del 30 de mayo de 2013. Nulidad del auto del juez que dispuso una intervención telefónica por carencia de fundamentos. Nulidad de los actos que son su consecuencia. Nulidad de la sentencia condenatoria. Dictado de absolución -- 4. Segunda modalidad de los “silencios normativos aparentes”: formas procesales implícitas y nulidades implícitas. Las formas “negativas” de carácter constitucional -- A. ¿Qué son las “formas negativas”? -- a) Descripción del fenómeno normativo -- b) Un ejemplo para pensar -- B. Análisis de algunos supuestos de “formas negativas”. Casos resueltos por diversos tribunales -- a) Actos procesales lesivos de la prohibición de la reformatio in pejus -- a.1) Conceptos generales (remisión) -- a.2) El fallo de la Corte Suprema en el caso “Capristo”: la prohibición de reformatio in pejus tiene jerarquía constitucional. Es “inválida” la sentencia que lesione tal principio -- a.2.1) Los hechos -- a.2.2) El fallo de la Corte -- a.3) El fallo de la Corte Suprema en el caso “González”, del 17 de septiembre de 2019 -- b) Actos procesales lesivos del principio de congruencia -- b.1) Conceptos generales -- b.2) La doctrina de la Corte Suprema: la regla de congruencia forma parte de la garantía de la defensa en juicio -- b.3) El ámbito de vigencia de la regla de congruencia -- b.4) El alcance tradicional del principio de congruencia -- b.5) El principio de congruencia y la ley procesal -- b.6) El fallo de la Corte Suprema en el caso “Fariña Duarte” -- b.6.1) Los hechos -- b.6.2) El fallo de la Corte -- b.7) Derecho (iura novit curia) y congruencia -- b.7.1) El “dogma” indiscutido: iura novit curia -- b.7.2) La cuestión en el campo de la jurisprudencia -- b.7.2.1) El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Ramírez vs. Guatemala” -- b.7.2.1.1) Datos principales de la causa -- b.7.2.1.2) La opinión de la Comisión IDH -- b.7.2.1.3) La sentencia de la Corte IDH. Lesión del principio de congruencia. Lesión de los derechos consagrados en el artículo 8.2, b, y c, CADH -- b.7.2.1.4) El alcance o contenido del principio de congruencia (o coherencia o correlación) que se otorga en la sentencia -- b.7.2.1.5) Crítica al fallo -- b.7.2.2) El fallo “Pelissier” del Tribunal Europeo de Derechos Humanos -- b.7.2.3) La doctrina de la Corte Suprema -- b.7.2.4) El fallo de la Corte Suprema en el caso “Sircovich” -- b.7.2.5) Otros fallos de la Corte Suprema -- b.7.2.5.1) Caso “Ciuffo”, del 11 de diciembre de 2007 -- b.7.2.5.2) Caso “Antognazza”, del 11 de diciembre de 2007 -- b.7.2.5.3) Caso “Espinoza”, del 5 de octubre de 2010 -- b.7.2.5.4) Caso “Miere”, del 19 de junio de 2012 -- b.7.2.5.5) Caso “Delgado”, del 18 de junio de 2013 -- b.7.2.6) Caso “Luna” -- b.7.2.7) Ideas a modo de síntesis -- b.7.3) El tema en casación -- b.7.3.1) El fallo “Ensina” de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala I: los alcances del principio de congruencia en función del CPPN, artículo 401, primera parte -- b.7.3.2) El fallo “Robledo” de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala I . . 471 b.7.3.3) Algunos fallos de la Cámara Federal de Casación Penal -- b.7.3.3.1) Causa “Nelson”, sala III -- b.7.3.3.2) Causa “Véliz, J. A.”, sala IV. Un fallo valioso -- b.8) Congruencia y juicio abreviado -- b.8.1) Los términos del “acuerdo” y su obligatoriedad (?) para el tribunal -- b.8.2) La doctrina de la Corte Suprema -- b.8.2.1) Casos en los que declaró inadmisible el recurso -- b.8.2.2) Casos en los que resolvió recursos, pero no trató la cuestión -- b.8.2.2.1) El caso “Oyarse” -- b.8.2.2.2) El caso “Aráoz” -- b.8.2.2.3) El caso “Romano”: un posible avance -- b.8.2.3) Otros fallos de la Corte -- b.8.4) El tema en Cámara Nacional de Casación Penal -- b.9) La observación constante -- c) Actos procesales lesivos del principio ne bis in ídem -- c.1) Conceptos generales -- c.2) Un primer problema: ¿es necesario un fallo “firme” para la vigencia del ne bis in idem? -- c.3) Las sentencias que no poseen la calidad de “firme”, ¿son equiparables a definitiva a los fines del recurso federal extraordinario? -- c.4) Recurso del fiscal o querellante conjunto contra el fallo absolutorio, juicio de reenvío y el ne bis in ídem -- c.5) El fallo de la Corte Suprema en el caso “Álvarez” -- c.5.1) Los hechos -- c.5.2) La doctrina de la Corte. La declaración de nulidad --c.6) Un primer grupo de fallos de la Corte Suprema (“Weissbrod”, “Frades”, “Polak”, “Turano”, etc.): su doctrina favorable al reenvío. La importante disidencia en “Alvarado” -- c.7) El caso “Alvarado” y la doctrina del “doble riesgo” (double jeopardy). Especial mención merece el caso “Alvarado”. Este fallo es importante por las consecuencias que habrá de producir su voto en disidencia -- c.8) El caso “Garófalo”: un nuevo argumento para convalidar el reenvío -- c.9) El caso “Kang” de la Corte Suprema de Justicia. Su peculiaridad -- c.10) Análisis comparado con el fallo “Sandoval” (remisión) -- c.11) Otros fallos de la Corte Suprema. Los otros puntos en discusión -- c.12) Recurso del imputado contra el fallo condenatorio, reenvío y ne bis in ídem -- c.13) Algunas ideas a modo de síntesis sobre el “reenvío” y el ne bis in ídem -- c.14) Nulidad declarada por otros tribunales por lesión del ne bis in ídem -- c.14.1) El caso “Dadone” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, sala I -- c.14.2) Causa “D. C. M. F.” de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala IV -- d) Actos procesales lesivos del principio de reserva (CN, art. 19) -- d.1) Conceptos generales -- d.2) El fallo “Baldivieso” -- d.2.1) Algo más sobre “Baldivieso” -- e) Nulidad por lesión del derecho constitucional del imputado a recurrir la sentencia condenatoria y resoluciones importantes (CADH, art. 8.2.h, y PIDCP, art. 14.5) -- e.1) Conceptos generales. La nueva visión del recurso penal (especialmente del que impugna un fallo condenatorio) -- e.2) Doctrina de la Corte IDH -- e.2.1) El caso “Herrera Ulloa” -- e.2.2) El caso “Barreto Leiva” -- e.2.3) El caso “Mohamed vs. Argentina” -- e.2.4) Otras sentencias de la Corte IDH. Casos “Mendoza vs. Argentina” y “Liakat Alí Alibux vs. Suriname” -- e.3) Doctrina de la Corte Suprema -- e.3.1) El caso “Casal” -- e.3.2) Otros fallos -- e.4) El derecho al recurso en el nuevo CPPFed -- e.5) Sentencias condenatorias dictadas por tribunales de alzada y el derecho al recurso -- e.5.1) Los términos del problema -- e.5.1.1) Las condiciones en que es dictado el fallo condenatorio por el tribunal de alzada (por ejemplo, casación) -- e.5.1.2) El derecho al recurso contra el fallo condenatorio del tribunal de alzada -- e.5.1.3) La doctrina de la Corte Suprema en “Duarte, F.” Superación de la doctrina “Felicetti” -- e.5.1.3.1) La sentencia “Felicetti” -- e.5.1.3.2) Los hechos del caso “Duarte” -- e.5.1.3.3) El fallo de la Corte -- e.5.1.3.4) Algunas reflexiones con motivo del fallo “Duarte” -- e.5.2) Algunas sentencias posteriores de la Corte Suprema y sus peculiaridades -- e.5.3) La sentencia de la Corte Suprema en “Sarlenga”: algo más sobre la revisión de la sentencia condenatoria de casación -- e.5.4) La reciente e importante doctrina de la Corte respecto de sentencias condenatorias dictadas por tribunales de alzada: causa “P., S. M. s/Homicidio simple”, del 26 de diciembre de 2019 -- e.6) El derecho del imputado al recurso y algunas especiales resoluciones -- e.6.1) El alcance del derecho constitucional al recurso y sus consecuencias en materia de nulidad. La doctrina de la Comisión IDH -- e.6.2) La doctrina de la Corte en el caso “Romero Cacharane”: son recurribles los “autos procesales importantes” -- e.6.3) Algunas resoluciones declaradas irrecurribles por la ley procesal, por ejemplo, auto de elevación de la causa a juicio, CPPN, artículo 352 -- e.6.4) El auto de procesamiento (o resolución equivalente) y el derecho al recurso -- e.6.5) Nulidad del auto de procesamiento dictado por la Cámara de Apelaciones. El caso “Gervasoni” de la Corte Suprema de Santa Fe -- e.6.6) El caso “Ardito” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala VI, solamente revocó el sobreseimiento dictado por el juez de instrucción. Necesidad de respetar el derecho al recurso del imputado -- e.6.7) El caso “Lepro”, Cámara Federal de Casación Penal, sala IV -- e.6.8) El caso “Roncati” de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala I. Crítica -- e.6.9) El caso “C., J. C.” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala IV. Validez del auto de procesamiento dictado por la Cámara de Apelaciones. Crítica -- e.6.10) Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala IV, causa “A., J. H.”, del 24 de mayo de 2013. Deniega recurso de casación contra resolución de alzada que ordenó auto de procesamiento -- e.7) El derecho al recurso en el juicio abreviado (remisión) -- f) El caso “Jiménez Boada” de la Corte Suprema. Otro ejemplo interesante de nulidad virtual en base a los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional -- VII. Estudio de casos de “silencios normativos aparentes” de origen infraconstitucional -- 1. Casos de formas expresas y nulidades implícitas -- A. Casos de formas vinculadas a “presupuestos” del acto procesal -- a) La regulación del “presupuesto” del acto como forma procesal -- b) Primer ejemplo: ausencia o deficiente promoción de instancia -- b.1) Conceptos generales -- b.2) Los casos “Ríos” de la Cámara Nacional de Casación Penal, sala II, y “G., J. R.” de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, sala V -- b.3) El fallo “Liva” del Superior Tribunal de Justicia del Chaco -- c) Segundo ejemplo: archivo de actuaciones -- c.1) Conceptos generales -- c.2) Algunos pronunciamientos judiciales -- B. Casos de formas vinculadas a “sujetos” del acto procesal (la intervención de ciertos “sujetos” en la producción del acto como forma del mismo) -- C. Casos de formas vinculadas al tiempo o lugar del acto procesal (regulación de circunstancias de lugar o tiempo) -- D. Algunos mecanismos de privación de valor jurídico al acto sin declarar la nulidad -- 2. Casos de formas implícitas y nulidades implícitas -- A. El plenario “Blanc” de la Cámara Nacional de Casación Penal -- VIII. El fenómeno jurisprudencial indiscutible. Necesidad de una solución racional -- IX. Ideas para pensar las nulidades “virtuales” o “implícitas” -- 1. Modalidades de regulación de las formas procesales y de la sanción “nulidad” -- 2. La razón de ser de la forma y la sanción (“nulidad”) implícita o virtual -- A. Razones de supremacía constitucional (remisión) -- B. Razones de “sistema” del orden jurídico -- a) Conceptos generales -- b) Ciertos casos a fin de la reflexión -- b.1) El acto promotor en los delitos dependientes de instancia privada -- b.2) El acto de instancia de constitución de querellante particular y actor civil. Algunas cuestiones -- c) Algunas reflexiones -- CAPÍTULO VII. NULIDADES ABSOLUTAS Y RELATIVAS. IDEAS PARA LA DISTINCIÓN -- I. Introducción -- II. Un criterio cuestionable para distinguir las nulidades absolutas y relativas -- III. Otro razonamiento cuestionable para resolver el problema -- IV. Pautas de la Corte Suprema -- 1. El control de oficio y afectación del “orden público” -- 2. Incumplimiento de “formas sustanciales del proceso penal” -- 3. Que el “vicio afecte una garantía constitucional” y la imposibilidad de confirmación -- 4. Observaciones sobre los criterios de la Corte -- V. Ideas para definir las nulidades absolutas (y por exclusión, las nulidades relativas) -- 1. Idea básica -- 2. Los derechos constitucionales de los que derivan límites normativos al poder estatal de someter a proceso penal a las personas (remisión) -- A. Conceptos generales -- 3. Formas procesales “realizadoras de derechos constitucionales” y formas “simplemente ordenadoras de los actos del proceso”. Distinción -- A. La razón de ser de las “formas procesales” -- B. Formas expresas y formas tácitas o virtuales -- C. Formas “realizadoras de reglas constitucionales” y formas “simplemente ordenadoras” de la actividad procesal -- D. Nulidades absolutas y relativas. Distinción según la forma procesal incumplida -- 4. La forma procesal realizadora de una regla constitucional puede ser expresa o tácita -- 5. Algunas sentencias de la Corte Suprema referidas al “debido proceso” -- A. El caso “Quiroga”. Un supuesto de nulidad por incumplimiento de una forma “implícita” -- a) Introducción -- b) Los hechos. El problema normativo -- c) El dictamen del Procurador General -- d) El fallo de la Corte. Una crítica -- B. El caso “Mostaccio” y sus precedentes -- a) Los hechos -- b) Algunas observaciones que surgen del fallo -- 6. Algunas sentencias de la Corte Suprema referidas a la defensa en juicio -- A. El caso “Olmos”. Un supuesto de nulidad implícita por incumplimiento de una forma implícita referida a la prohibición de reformatio in pejus -- a)Introducción -- b) Los hechos -- c) Algunos de los problemas que surgen -- d) Una observación sobre este axioma del proceso penal -- e) Una pauta permanente de la Corte -- f) Los términos de la discusión dentro de la Corte sobre el alcance del principio -- f.1) La opinión del Procurador General -- f.2) El voto de la mayoría -- f.3) El voto de la minoría. Crítica -- g) La “nueva” doctrina que surge del fallo -- B. El caso “Sandoval”. Otro supuesto de nulidad implícita por incumplimiento de una forma implícita referida al ne bis in ídem -- a) Los hechos -- b) La doctrina de la Corte -- c) Importancia del fallo “Sandoval”.Comparación con el fallo “Kang”. La doctrina que se infiere de ellos -- d) A la búsqueda de una doctrina de la Corte respecto del ne bis in idem en caso de nuevo juicio por recurso acusatorio -- e) ¿Está superada la doctrina del caso “Garófalo”? -- 7. Las diferentes respuestas de la Corte ante las nulidades absolutas -- 8. Un enunciado cuestionable: el “perjuicio” como requisito de la declaración de la nulidad absoluta -- A. Un “dogma sagrado” discutible -- B. Crítica al enunciado “no hay nulidad sin perjuicio” en el campo de las nulidades absolutas -- C. ¿Qué es “perjuicio”? Concepto -- D. El agravamiento de la situación jurídica procesal -- a) A veces se produce -- b) A veces no se produce -- E. Un concepto (implícito) limitado de “perjuicio”. Crítica -- F. Otro argumento que se usa para negar la existencia de “perjuicio”: la actualidad de agravio o lesión del bien o derecho. Crítica -- G. En los supuestos de nulidad absoluta por incumplimiento de formas consagradas a favor del imputado siempre hay “perjuicio” -- H. Supuestos de nulidad en los que hay ausencia de “perjuicio” -- I. “Perjuicio” y sujeto procesal -- a) Necesidad de distinguir diversos supuestos. Enumeración -- b) Análisis de los diversos supuestos. Algunos ejemplos -- b.1) Primer supuesto: el imputado sufre el perjuicio -- b.2) Segundo supuesto: el perjuicio es sufrido por otros sujetos procesales querellante y/o partes civiles) y no por el imputado -- b.3) Tercer supuesto: ausencia de perjuicio. El imputado se beneficia con el acto irregular, sin que haya sujeto procesal (especialmente, el querellante) perjudicado -- b.4) Cuarto supuesto: supuesta “ausencia de perjuicio” (enunciado discutible). El acto procesal irregular no causa perjuicio ni beneficia al imputado ni a otro sujeto procesal -- b.5) Quinto supuesto: el acto procesal irregular beneficia al imputado y no se anula a pesar de que causa perjuicio a otro sujeto procesal (el querellante). Recordando otra vez el caso “Sandoval” -- J. Hay casos en que habrá que analizar el cuadro procesal para saber si se trata de una nulidad absoluta o relativa. Dos ejemplos -- K. Otro interrogante para la reflexión: ¿Los axiomas constitucionales rectores del proceso penal son equivalentes o existen jerarquías? -- VI. La nulidad absoluta es un mecanismo de control de legitimidad constitucional -- 1. El control de constitucionalidad -- 2. Supremacía constitucional y formas procesales penales -- 3. Supremacía constitucional más allá de la ausencia de formas y sanciones expresas -- 4. Control de constitucionalidad y nulidad procesal (absoluta) -- 5. Un ejemplo: nulidad por lesión del derecho constitucional a ser juzgado por “juez imparcial”, CADH, artículo 8.1 -- A. Repitiendo una observación -- B. En torno a su delimitación -- C. Los nuevos patrones normativos: los llamados criterios “objetivo” y “subjetivo” -- D. La doctrina de la Corte IDH -- E. La doctrina de la Corte Suprema -- a) Causa “Llerena” -- b) El concepto de imparcialidad enunciado en “Llerena” -- F. La doctrina de la Corte que surge de otras sentencias -- a) Las distintas peculiaridades de los casos -- b) Momento del planteo de la cuestión federal del juez imparcial -- c) Crítica a un argumento usado con frecuencia para denegar recusaciones -- 6. Límites constitucionales a la declaración de nulidad (especialmente la “absoluta”) -- A. El axioma rector de la nulidad absoluta: la protección de garantías constitucionales de la persona sometida a proceso penal -- B. La declaración de nulidad no puede perjudicar normativamente al imputado -- a) Idea básica -- b) Un ejemplo: la lesión del principio de ne bis in idem y de alguna otra garantía -- c) La falacia oculta (o no tanto) en estas resoluciones: el sistema de nulidades es puesto por encima de las garantías constitucionales -- C. Los argumentos usados para convalidar violaciones de garantías constitucionales (por ejemplo, fallo “Weissbrod” de la Corte). Crítica -- a) Incumplimiento de formas esenciales o sustanciales del proceso -- b) Los institutos de “preclusión” y “progresividad” -- c) Nulidad y ne bis in ídem -- d) Cuestiones sobre la nulidad procesal y su incidencia en el ne bis in ídem -- e) Otras ideas complementarias -- D. Las reglas en materia de nulidades no son inconstitucionales; lo lesivo de la Constitución son ciertas interpretaciones de dichas reglas -- 7. La teoría del “principio de la descalificación procesal” del Estado -- FALLOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN -- 31-10-2006, “Sircovich, Jorge Oscar y otros s/Defraudación por desbaratamiento de derechos acordados” -- 20-4-2010, “Recurso de hecho deducido por César Alejandro Baldivieso en la causa Baldivieso, César Alejandro s/Causa 4733” -- 13-6-2013, “D., O. A. y otro s/Abuso sexual agravado etc.”, causa 28.192/07 -- 5-8-2014, “Duarte, Felicia s/Recurso de casación” -- 26-12-2019, “P., S. M. y otro s/Homicidio simple” -- FALLOS DE LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL Tribunal Oral Penal de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Corrientes, 23-2-2017, “Aranda, Yanina Soledad p/Falso testimonio. Curuzú Cuatiá” -- Sala III, 4-2-2010, “Cárdenas del Castillo, Milena y otra s/Recurso de casación”, causa 11.464 -- Sala II, 15-7-2010, “Storchi, Fernando Martín y otros s/Recurso de casación”, causa 8361 -- Sala IV, 22-12-2016, “Véliz, José Ángel y otro s/Recurso de casación”, res. 1675/16.
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