Título: | El coronavirus como enfermedad profesional (no listada). Interrogantes motivados por la calificación (2020) |
Titre original: | Coronavirus as an occupational disease (not listed). A series of questions motivated by the rating |
Autores: | María Paula Carril |
Tipo de documento: | Article : documento electrónico |
Dans : | Omnia. Derecho y Sociedad (Año 3. nro. 3, dic. 2020) |
Artículo en la página: | pp. 111-120 |
Langues: | Español |
Materias: | COVID 19 | Enfermedad profesional | Seguridad e higiene en el trabajo |
Resumen: | "Los alcances y el impacto que tiene el covid-19 en las relaciones laborales es incuestionable. Afecta de manera transversal los derechos y obligaciones del empleador y del trabajador, en particular sobre el deber de prestación de éste y de ocupación de aquél, y obliga a todos los operadores jurídicos a indagar sobre los alcances que relacionan esta pandemia y el sistema de la LRT. La calificación como enfermedad profesional (no listada) del covid-19 significó una respuesta que fue demandada desde el inicio de la pandemia y un remedio a la confusión que generaba la cobertura de ese espectro de trabajadores frente al escenario en que nos posicionó el contagio de la enfermedad. Pero si bien logró tales objetivos, abrió una serie de interrogantes que no resulta cuestión menor analizar y a los que, en algún momento, el derecho, concebido como sistema de normas y principios deberá dar respuesta. El coronavirus importa un riesgo del trabajo que, cumplidos ciertos presupuestos, cae en la órbita de la LRT y dispara la responsabilidad de los empleadores y de las ART. La pandemia gestó un debate —que recién comienza— en el núcleo central del sistema previsto por la Ley de Riesgos del Trabajo." |
Nota de contenido: | Introducción -- ¿Por qué la calificación? -- 1. Una necesaria acotación sobre los antecedentes del sistema -- 2. La incertidumbre previa al dictado del DNU 367/20 -- 3. El DNU 367/20 -- ¿Y el contagio in itinere? -- Algunos términos ambiguos que será necesario definir y limitar. Y algunas cuestiones que deberán ser reglamentadas -- El régimen de la LRT ¿es idóneo y autosuficiente para dar respuesta a la prevención y cobertura que demanda la pandemia? -- ¿Qué tanto tiene que ver el sistema de la LRT con la seguridad social? -- A modo de conclusión -- Referencias bibliográficas |
En línea: | http://revistas.ucasal.edu.ar/index.php/RO/article/view/317/290 |
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Año 3. nro. 3 (dic. 2020) URL |